Horario

L -V: 8H - 15H

Llámanos

+34 615 13 44 00

Escríbenos

info@renovablesytic.es

Paneles Solares y CTE: Guía Básica

En nuestro artículo del 8 de junio de 2025, recorríamos el camino que ha seguido el autoconsumo en España a lo largo de las dos últimas décadas.

Sin embargo, las leyes citadas se centraban exclusivamente en aspectos técnicos de la tecnología solar fotovoltaica. 

¿Cómo encaja el CTE con la instalación de paneles Solares fotovoltaicos?

Te desvelamos todos los detalles

1. ¿Qué regula el CTE?

El CTE, o Código Técnico de la Edificación, establece los requisitos mínimos que deben cumplir los edificios en España para ser seguros, eficientes y habitables. En este sentido, su objetivo es garantizar que los edificios sean seguros, habitables, sostenibles y accesibles.

Además, es obligatorio para cualquier obra nueva, reforma, ampliación o cambio de uso que requiera licencia.

Aunque el CTE se aplica a todo tipo de instalaciones, hay dos directivas especialmente relevantes cuando se trata de sistemas de paneles solares. De ahí que estas normas específicas deban cumplirse, para garantizar que la instalación se ajuste a los requisitos técnicos establecidos.

a) Documento Básico SUA (Seguridad de Utilización y Accesibilidad)
b) Documento Básico DB-SI: Seguridad en caso de incendio

2. Documento Básico SUA (Seguridad de Utilización y Accesibilidad)

Su objetivo es el de dotar de las condiciones de Seguridad y Accesibilidad ante cualquier actuación que se realice en una edificación nueva o existente.

a. Objetivo

Qué dice textualmente el DB- SUA:

a) «El objetivo del requisito básico «Seguridad de utilización y accesibilidad» consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos en el uso previsto de los edificios, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento, así como en facilitar el acceso y la utilización no discriminatoria, independiente y segura de los mismos a las personas con discapacidad»

b) «Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.»

b. ¿Qué especifica?

c) El Documento Básico DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad específica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad de utilización y accesibilidad”

c. Ámbito

El ámbito de aplicación de esta directiva es para “usuarios del edificio”, diferenciando estos, del resto de personal, como personal de mantenimiento, inspección, reparación, expresado textualmente a continuación:

«Conviene recordar que el ámbito de aplicación del DB SUA no incluye los elementos del edificio cuyo uso esté reservado a personal especializado de mantenimiento, inspección, reparación, etc., ya que dichas personas no se consideran “usuarios del edificio”, que son los contemplados en el objeto del requisito básico “Seguridad de utilización y accesibilidad”.

Por tanto, si la zona de instalación de paneles solares estuviera definida como zona NO Transitable, no aplicaría esta directiva

2.1. Integración arquitectónica

Independientemente de si el panel se instala con fines de integración arquitectónica o no, la Directiva de Seguridad sigue siendo aplicable en todos los casos.

 👉 Por ejemplo, cuando un panel solar fotovoltaico se coloca sobre una fachada ya existente en una zona transitable, debe cumplir igualmente con dicha normativa para garantizar la seguridad.

2.2. Exigencias básicas de seguridad en cuanto a riesgos de caídas, impactos o atrapamientos

La normativa establece una serie de exigencias básicas con el objetivo de garantizar la seguridad de los usuarios frente a riesgos como caídas, impactos o atrapamientos.

Por tanto, cualquier elemento constructivo o añadido que se enmarque en al menos uno de estos escenarios debe cumplir con dicha directriz de seguridad.

  • En zonas de paso o accesibles al usuario.
  • A una altura inferior a 2,10 m desde el suelo.
  • En lugares donde pueda haber impacto humano (golpes, caídas, contacto directo).
Cualquier panel solar fotovoltaico debe cumplir con dicha normativa
Caida_Objetos

2.3. Exigencias básicas de seguridad en cuanto a riesgos de caídas, impactos o atrapamientos en relación con el vidrio

En consecuencia, una particularidad a estos elementos constructivos es el vidrio. Es decir, en función de su resistencia al impacto y su modo de rotura, se establece una clasificación que lo asocia a distintos niveles de riesgo que no deben ser superados. 

Esta clasificación se basa en la norma 📘 UNE-EN 12600:2003, la cual evalúa el comportamiento del vidrio ante impactos y el riesgo potencial que implica su rotura.

rotura cristal

2.3.1. UNE-EN 12600:2003

El vidrio debe limitar dos riesgos:

  • Corte al usuario en caso de rotura.
  • Caída desde desniveles superiores a 55 cm si el vidrio se rompe.

Así pues, se exige que el vidrio tenga una clasificación adecuada por la cara expuesta al impacto, o que esté protegido por una barrera física conforme al apartado 3.2 del SUA 1.

🧪 Clasificación X(Y)Z según UNE-EN 12600

  • X: Resistencia al impacto (valores 1, 2, 3 → de más a menos exigente).
  • Y: Tipo de rotura según fabricación:
    • A: Fragmentos cortantes (vidrio recocido, termoendurecido).
    • B: Fragmentos unidos (vidrio laminado, armado).
    • C: Fragmentación segura (vidrio templado).
  • Z: Rotura aceptable solo si es tipo laminado (valores 1, 2, 3 o 0 si no cumple).

Por ejemplo, un vidrio 1(C) es altamente resistente y seguro frente a impactos.

En cualquier caso, para  acceder a  todos los detalles, se puede consultar el Documento de Apoyo al Documento Básico DB-SUA Seguridad de utilización y accesibilidad DA DB-SUA / 1 Clasificación de los vidrios según sus prestaciones frente a impacto y su forma de rotura según la norma UNE-EN 12600:2003

2.3.2. PANELES SOLARES DEL MERCADO

Sin embargo, los paneles solares de vidrio que se comercializan de manera estándar en el mercado, normalmente no cumplen esta normativa.

Si bien es cierto que la mayoría están fabricados con vidrio templado, los cierto es que el grosor del vidrio no es suficiente para garantizar dichas exigencias. Por esta razón, es necesario recurrir a fabricantes que diseñan y comercializan paneles especiales, los cuales suelen estar destinados a soluciones de Integración Arquitectónica.

composición panel solar

Figura 1. Características mecánicas de un panel solar fotovoltaico estándar. Vidrio de 2mm de grosor

ficha técnica panel solar

Figura 2. Características mecánicas de un BIPV. Vidrio de 6mm de grosor

3. Documento Básico DB-SI: Seguridad en caso de incendio

El DB-SI establece que los materiales de construcción deben limitar la propagación del fuego, tanto en el interior como en el exterior del edificio.

Para ello, se basa en las clases de reacción al fuego definidas en la norma 📘EN 13501-1 , que clasifica los materiales según su comportamiento frente al fuego.

Clasificación EN 13501-1 (reacción al fuego)

 

Clase

Contribución al fuego

Ejemplo de uso

A1 / A2

No combustible

Materiales minerales, vidrio

B

Muy baja

Paneles con protección ignífuga

C

Baja

Plásticos autoextinguibles

D

Media

Maderas tratadas

E / F

Alta / sin ensayo

Materiales combustibles

Además, se añaden subclases:

  • s1, s2, s3: cantidad de humo (s1 = poco humo)
  • d0, d1, d2: caída de gotas inflamadas (d0 = sin gotas)

3.1. Aplicación en el DB-SI

Según el DB-SI:

  • En fachadas de edificios de más de 18 m de altura, los materiales deben ser Clase B-s3,d0 o superior.
  • En edificios de menor altura, puede aceptarse Clase C o D, dependiendo del uso y riesgo.
  • En cubiertas, si hay riesgo de propagación a otras edificaciones, también se exige Clase B o superior.
cartel comportamiento ante el fuego

3.2. ¿Qué implica esto para los paneles solares estándar?

Un panel solar estándar normalmente tiene una clasificación Clase C de reacción ante el fuego, pudiendo instalarse en:

  • Viviendas unifamiliares
  • Edificios de baja altura
  • Instalaciones sin zonas de riesgo especial

A continuación se muestra la referencia al tipo de Clase de un panel estándar, con respecto a la propagación del fuego, que aparece en el manual del panel:

Clase C ante el fuego

3.2.1. ¿Dónde no podría instalarse o sería cuestionable?

a) En fachadas de edificios de más de 18 m de altura

b) Edificios de pública concurrencia

  • Ejemplos: hospitales, teatros, centros comerciales, aeropuertos, estaciones.
  • Motivo: alta densidad de ocupación y necesidad de evacuación segura.
  • Exigencia: materiales con Clase B-s3,d0 o superior.
  •  

c) Zonas de riesgo especial

  • Ejemplos: salas de máquinas, cuartos eléctricos, laboratorios, cocinas industriales.
  • Motivo: mayor probabilidad de inicio de incendio.
  • Exigencia: materiales con muy baja contribución al fuego, preferiblemente Clase B o A.

d) Cubiertas expuestas a propagación de fuego al interior (interpretable)

  • Norma aplicable: EN 13501-5
  • Según el DB-SI las cubiertas deben limitar la propagación de fuego hacia el interior del edificio y entre edificios.
  • Exigencia: Para ello, las cubiertas en sí deben estar sometidas a los ensayos BROOF(t1) o equivalente, que implica resistencia al fuego exterior. Pero en todo caso se refiere a las cubiertas y a los materiales de los que estén construidas, con idea de impedir la propagación de fuego al interior, originado por algún elemento ubicado en la propia cubierta
Fuego paneles

d.1) Qué dice textualmente la norma?

  • «Los materiales que ocupen más del 10% del revestimiento o acabado exterior de las zonas de cubierta situadas a menos de 5 m de distancia de la proyección vertical de cualquier zona de fachada, del mismo o de otro edificio, cuya resistencia al fuego no sea al menos EI 60, incluida la cara superior de los voladizos cuyo saliente exceda de 1 m, así como los lucernarios, claraboyas y cualquier otro elemento de iluminación o ventilación, deben pertenecer a la clase de reacción al fuego BROOF (t1)» 
  • «EI 60 clasifica a un elemento según su resistencia al fuego evaluando su Integridad (E) y Aislamiento (I). La integridad es la capacidad de resistir a la exposición al fuego (generalmente de abajo a arriba), sin que el fuego pase al otro lado en forma de llamas. «
  • «El aislamiento es la capacidad de resistir a la exposición al fuego por un solo lado, sin que se transmita el fuego en forma de transferencia de calor significativo. Por último, el 60 indica los minutos que puede resistir el sistema a mantener sus propiedades de integridad y aislamiento”.

d.2) Qué dice el “Manual de buenas prácticas en seguridad contra Incendios” de la UNEF, concluye lo siguiente:

«A fecha de hoy, la normativa española actual no incrementa los requisitos de seguridad frente a incendios antes mencionados, Broof (t1) para los diferentes sistemas de cubiertas, por el hecho de añadir paneles solares sobre la cubierta.»

e) Revestimientos interiores en vías de evacuación

  • Ejemplos: pasillos, escaleras, salidas de emergencia.
  • Motivo: evitar propagación rápida del fuego y humo.
  • Exigencia: Clase B-s1,d0 o superior, especialmente en techos y paredes.
  •  

f) Componentes estructurales esenciales

  • Ejemplos: vigas, columnas, muros portantes.
  • Motivo: deben mantener su integridad durante el incendio.
  • Exigencia: además de reacción al fuego, deben cumplir con resistencia al fuego (REI) según el DB-SI.

3.3. ¿Qué implica esto de cara a los seguros u otro tipo de exigencias?

Muchos Seguros ya incluyen en sus cláusulas de protección, la obligatoriedad de una clasificación tipo A o tipo B, en escenarios donde vaya a haber paneles solares o baterías de acumulación.

Seguro Hogar

Adicionalmente, algunas administraciones u organismos licitadores exigen, en determinados procesos de contratación de obra, el cumplimiento de normativas complementarias de carácter más exigente

Un ejemplo de ellos son los Documentos de Idoneidad Técnica (DIT), que llevan implícitos todos los ensayos necesarios para avalar dicho cumplimiento.

No hemos podido validar su suscripción.
Se ha realizado su suscripción.

Newsletter

Usamos Brevo como plataforma de marketing. Al enviar este formulario, aceptas que los datos personales que proporcionaste se transferirán a Brevo para su procesamiento, de acuerdo con la Política de privacidad de Brevo.

Añade aquí tu texto de cabecera

Ir al contenido